Miguel de Cervantes - Don Quijote 2ª parte, Nauka, Języki obce, j. hiszpański, literatura
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El ingenioso caballero don Quijote de la Mancha
Parte II
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Don Quijote de la Mancha
Parte II
Miguel de Cervantes
Tasa
Yo, Hernando de Vallejo, escribano de Cámara del Rey nuestro señor, de los que residen en su
Consejo, doy fe que, habiéndose visto por los señores dél un libro que compuso Miguel de Cervantes
Saavedra, intitulado
Don Quijote de de Mancha, Segunda parte,
que con licencia de Su Majestad fue
impreso, le tasaron a cuatro maravedís cada pliego en papel, el cual tiene setenta y tres pliegos, que
al dicho respeto suma y monta docientos y noventa y dos maravedís, y mandaron que esta tasa se
ponga al principio de cada volumen del dicho libro, para que se sepa y entienda lo que por él se ha
de pedir y llevar, sin que se exceda en ello en manera alguna, como consta y parece por el auto y
decreto original sobre ello dado, y que queda en mi poder, a que me refiero, y de mandamiento de los
dichos señores del Consejo y de pedimiento de la parte del dicho Miguel de Cervantes, di esta fe en
Madrid, a veinte y uno días del mes de otubre de mil y seiscientos y quince años.
HERNANDO DE VALLEJO
Fe de erratas
Vi este libro intitulado
Segunda parte de Don Quijote de la Mancha,
compuesto por Miguel de
Cervantes Saavedra, y no hay en él cosa digna de notar que no corresponda a su original. Dada en
Madrid a veinte y uno de octubre, mil y seiscientos y quince.
EL LICENCIADO FRANCISCO MURCIA DE LA LLANA
Aprobación
Por comisión y mandado de los señores del Consejo, he hecho ver el libro contenido en este
memorial; no contiene cosa contra la fe ni buenas costumbres, antes es libro de mucho
entretenimiento lícito, mezclado de mucha filosofía moral; puédesele dar licencia para imprimirle. En
Madrid, a cinco de noviembre de mil seiscientos y quince.
DOCTOR GUTIERRE DE CETINA
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Don Quijote de la Mancha
Parte II
Miguel de Cervantes
Aprobación
Por comisión y mandado de los señores del Consejo he visto la
Segunda parte de don Quijote de la
Mancha,
por Miguel de Cervantes Saavedra; no contiene cosa contra nuestra santa fe católica, ni
buenas costumbres, antes muchas de honesta recreación y apacible divertimiento, que los antiguos
juzgaron convenientes a sus repúblicas, pues aun en la severa de los lacedemonios levantaron
estatua a la risa y los de Tesalia la dedicaron fiestas, como lo dice Pausanias, referido de Bosio, libro
II
De signis Ecclesiae,
cap. 10, alentando ánimos marchitos y espíritus melancólicos, de que se
acordó Tulio en el primero
De legibus y el
poeta diciendo:
Interpone Luis interdum gaudia curis,
lo cual hace el autor mezclando las veras a las burlas, lo dulce a lo provechoso y lo moral a lo
faceto, disimulando en el cebo del donaire el anzuelo de la reprehensión, y cumpliendo con el
acertado asunto en que pretende la expulsión de los libros de caballerías, pues con su buena
diligencia mañosamente ha limpiado de su contagiosa dolencia a estos reinos. Es obra muy digna de
su grande ingenio, honra y lustre de nuestra nación, admiración y invidia de las extrañas. Éste es mi
parecer, salvo etc. En Madrid, a 17 de marzo de 1615.
EL MAESTRO JOSEPH DE VALDIVIELSO
Aprobación
Por comisión del señor Doctor Gutierre de Cetina, vicario general desta villa de Madrid, corte de
Su Majestad, he visto este libro de la
Segunda parte del ingenioso caballero don Quijote de la Mancha,
por Miguel de Cervantes Saavedra, y no hallo en él cosa indigna de un cristiano celo ni que disuene
de la decencia debida a buen ejemplo, ni virtudes morales, antes mucha erudición y
aprovechamiento, así en la continencia de su bien seguido asunto para extirpar los vanos y
mentirosos libros de caballerías, cuyo contagio había cundido más de lo que fuera justo, como en la
lisura del lenguaje castellano, no adulterado con enfadosa y estudiada afectación, vicio con razón
aborrecido de hombres cuerdos, y en la corrección de vicios que generalmente toca, ocasionado de
sus agudos discursos, guarda con tanta cordura las leyes de reprehensión cristiana, que aquel que
fuere tocado de la enfermedad que pretende curar, en lo dulce y sabroso de sus medicinas
gustosamente habrá bebido, cuando menos lo imagine, sin empacho ni asco alguno, lo provechoso
de la detestación de su vicio, con que se hallará, que es lo más difícil de conseguirse, gustoso y
reprehendido.
Ha habido muchos que por no haber sabido templar ni mezclar a propósito lo útil con lo dulce
han dado con todo su molesto trabajo en tierra, pues no pudiendo imitar a Diógenes en lo filósofo y
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Don Quijote de la Mancha
Parte II
Miguel de Cervantes
docto, atrevida, por no decir licenciosa y desalumbradamente, le pretenden imitar en lo cínico,
entregándose a maldicientes, inventando casos que no pasaron para hacer capaz al vicio que tocan
de su áspera reprehensión, y por ventura descubren caminos para seguirle hasta entonces
ignorados, con que vienen a quedar, si no reprehensores, a lo menos maestros dél. Hácense odiosos
a los bien entendidos, con el pueblo pierden el crédito, si alguno tuvieron, para admitir sus escritos y
los vicios que arrojada e imprudentemente quisieren corregir en muy peor estado que antes, que no
todas las postemas a un mismo tiempo están dispuestas para admitir las recetas o cauterios; antes
algunos mucho mejor reciben las blandas y suaves medicinas, con cuya aplicación el atentado y
docto médico consigue el fin de resolverlas, término que muchas veces es mejor que no el que se
alcanza con el rigor del hierro.
Bien diferente han sentido de los escritos de Miguel de Cervantes así nuestra nación como las
extrañas, pues como a milagro desean ver el autor de libros que con general aplauso, así por su
decoro y decencia, como por la suavidad y blandura de sus discursos han recebido España, Francia,
Italia, Alemania y Flandes. Certifico con verdad que en veinte y cinco de febrero deste año de
seiscientos y quince, habiendo ido el ilustrísimo señor don Bernardo de Sandoval y Rojas, cardenal
arzobispo de Toledo, mi señor, a pagar la visita que a Su Ilustrísima hizo el embajador de Francia,
que vino a tratar cosas tocantes a los casamientos de sus príncipes y los de España, muchos
caballeros franceses de los que vinieron acompañando al embajador, tan corteses como entendidos y
amigos de buenas letras, se llegaron a mí y a otros capellanes del cardenal mi señor, deseosos de
saber qué libros de ingenio andaban más validos, y tocando a caso en este que yo estaba
censurando, apenas oyeron el nombre de Miguel de Cervantes, cuando se comenzaron a hacer
lenguas, encareciendo la estimación en que, así en Francia como en los reinos sus confinantes, se
tenían sus obras: la
Galatea,
que alguno dellos tiene casi de memoria la primera parte désta, y las
Novelas.
Fueron tantos sus encarecimientos, que me ofrecí llevarles que viesen el autor dellas, que
estimaron con mil demostraciones de vivos deseos. Preguntáronme muy por menor su edad, su
profesión, calidad y cantidad. Halléme obligado a decir que era viejo, soldado, hidalgo y pobre, a que
uno respondió estas formales palabras: «Pues, ¿a tal hombre no le tiene España muy rico y
sustentado del erario público?» Acudió otro de aquellos caballeros con este pensamiento y con
mucha agudeza, y dijo: «Si necesidad le ha de obligar a escribir, plega a Dios que nunca tenga
abundancia, para que con sus obras, siendo él pobre, haga rico a todo el mundo.» Bien creo que
está, para censura, un poco larga: alguno dirá que toca los límites de lisonjero elogio; mas la verdad
de lo que cortamente digo deshace en el crítico la sospecha y en mí el cuidado; además que el día de
hoy no se lisonjea a quien no tiene con qué cebar el pico del adulador que, aunque afectuosa y
falsamente dice de burlas, pretende ser remunerado de veras. En Madrid, a veinte y siete de febrero
de mil y seiscientos y quince.
EL LICENCIADO MÁRQUEZ TORRES
Privilegio
Por cuanto por parte de vos, Miguel de Cervantes Saavedra, nos fue hecha relación que habíades
compuesto la
Segunda parte de Don Quijote de la Mancha,
de la cual hacíades presentación, y por ser
libro de historia agradable y honesta, y haberos costado mucho trabajo y estudio, nos suplicasteis os
mandásemos dar licencia para le poder imprimir y privilegio por veinte años, o como la nuestra
merced fuese; lo cual visto por los del nuestro Consejo, por cuanto en el dicho libro se hizo la
diligencia que la premática por nos sobre ello hecha dispone, fue acordado que debíamos mandar
dar esta nuestra cédula en la dicha razón, y nos tuvímoslo por bien. Por la cual vos damos licencia y
facultad para que por tiempo y espacio de diez años cumplidos primeros siguientes, que corran y se
cuenten desde el día de la fecha de esta nuestra cédula en adelante, vos, o la persona que para ello
vuestro poder hubiere, y no otra alguna, podáis imprimir y vender el dicho libro que de suso se hace
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mención, y por la presente damos licencia y facultad a cualquier impresor de nuestros reinos que
nombráredes para que durante el dicho tiempo le pueda imprimir por el original que en el nuestro
Consejo se vio, que va rubricado y firmado al fin de Hernando de Vallejo, nuestro escribano de
Cámara, y uno de los que en él residen, con que antes y primero que se venda lo traigáis ante ellos,
juntamente con el dicho original, para que se vea si la dicha impresión está conforme a él, o traigáis
fe en pública forma como por corrector por nos nombrado se vio y corrigió la dicha impresión por el
dicho original, y más al dicho impresor que ansí imprimiere el dicho libro no imprima el principio y
primer pliego dél, ni entregue más de un solo libro con el original al autor y persona a cuya costa lo
imprimiere, ni a otra alguna, para efecto de la dicha corrección y tasa, hasta que antes y primero el
dicho libro esté corregido y tasado por los del nuestro Consejo, y estando hecho, y no de otra
manera, pueda imprimir el dicho principio y primer pliego, en el cual inmediatamente ponga esta
nuestra licencia y la aprobación, tasa y erratas, ni lo podáis vender ni vendáis vos ni otra persona
alguna, hasta que esté el dicho libro en la forma susodicha, so pena de caer e incurrir en las penas
contenidas en la dicha premática y leyes de nuestros reinos que sobre ello disponen; y más que
durante el dicho tiempo persona alguna sin vuestra licencia no le pueda imprimir ni vender, so pena
que el que lo imprimiere y vendiere haya perdido y pierda cualesquiera libros, moldes y aparejos que
dél tuviese, y más, incurra en pena de cincuenta mil maravedís por cada vez que lo contrario hiciere,
de la cual dicha pena sea la tercia parte para nuestra Cámara, y la otra tercia parte para el juez que
lo sentenciare, y la otra tercia parte para el que lo denunciare; y más a los del nuestro Consejo,
presidentes, oidores de las nuestras Audiencias, alcaldes, alguaciles de la nuestra Casa y Corte y
Chancillerías, y a otras cualesquiera justicias de todas las ciudades, villas y lugares de los nuestros
reinos y señoríos y a cada uno en su jurisdicción, ansí a los que ahora son como a los que serán de
aquí adelante, que vos guarden y cumplan esta nuestra cédula y merced, que ansí vos hacemos, y
contra ella no vayan ni pasen en manera alguna, so pena de la nuestra merced y de diez mil
maravedís para la nuestra Cámara. Dada en Madrid, a treinta días del mes de marzo de mil
seiscientos y quince años.
YO EL REY
Por mandato del Rey nuestro señor:
PEDRO DE CONTRERAS
Dedicatoria al conde Lemos
Enviando a Vuestra Excelencia los días pasados mis comedias, antes impresas que
representadas, si bien me acuerdo dije que
Don Quijote
quedaba calzadas las espuelas para ir a
besar las manos a Vuestra Excelencia; y ahora digo que se las ha calzado y se ha puesto en camino,
y si él allá llega, me parece que habré hecho algún servicio a Vuestra Excelencia, porque es mucha la
priesa que de infinitas partes me dan a que le envíe, para quitar el hámago y la náusea que ha
causado otro
Don Quijote,
que con nombre de
Segunda parte
se ha disfrazado y corrido por el orbe; y
el que más ha mostrado desearle ha sido el grande emperador de la China, pues en lengua chinesca
habrá un mes que me escribió una carta con un propio, pidiéndome, o, por mejor decir,
suplicándome se le enviase, porque quería fundar un colegio donde se leyese la lengua castellana, y
quería que el libro que se leyese fuese el de la
Historia de Don Quijote.
Juntamente con esto me decía
que fuese yo a ser el rector de tal colegio.
Preguntéle al portador si Su Majestad le había dado para mí alguna ayuda de costa. Respondióme
que ni por pensamiento.
-Pues, hermano -le respondí yo-, vos os podéis volver a vuestra China a las diez, o a las veinte, o a
las que venís despachado; porque yo no estoy con salud para ponerme en tan largo viaje; además
que, sobre estar enfermo, estoy muy sin dineros, y emperador por emperador, y monarca por
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